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Accidente con patinete eléctrico
05 Ago

Accidente con patinete eléctrico: quién paga los daños y cómo reclamar una indemnización

Los patinetes eléctricos forman ya parte del tráfico cotidiano de nuestras ciudades. Son rápidos, ocupan poco espacio y resultan muy prácticos, pero esa aparente sencillez desaparece en cuanto se produce un accidente. En ese momento surgen las dudas: ¿quién tiene la culpa?, ¿qué seguro debe pagar?, ¿puedo reclamar mis lesiones?, ¿qué ocurre si el patinete no está asegurado?

Desde el 30 de enero de 2026 está regulado el Registro de Vehículos Personales Ligeros de la Dirección General de Tráfico. Como regla general, los propietarios deben inscribir el Vehículo de Movilidad Personal (VMP), obtener su certificado de inscripción y contratar el correspondiente seguro obligatorio del patinete eléctrico. Los modelos antiguos sin certificado también deben registrarse y asegurarse, aunque pueden continuar circulando temporalmente hasta el 22 de enero de 2027.

Este nuevo sistema facilita la identificación del vehículo y de su aseguradora, pero no resuelve automáticamente todos los problemas. Para cobrar una indemnización por un accidente de patinete, todavía será necesario determinar cómo ocurrió el siniestro, quién incumplió las normas y qué daños pueden acreditarse.

Quién paga tras un accidente con un VMP

La respuesta depende, principalmente, de quién haya causado el accidente.

Si el responsable es el conductor de un coche, responderá normalmente la aseguradora del automóvil. Si la culpa corresponde al usuario del patinete, será su seguro de responsabilidad civil el que deba asumir los daños ocasionados a terceros. Y cuando ambos conductores hayan contribuido al siniestro, la indemnización puede reducirse en función del porcentaje de responsabilidad atribuido a cada uno.

No basta, por tanto, con saber que hubo un accidente con patinete eléctrico. Hay que reconstruir lo sucedido: quién tenía prioridad, por dónde circulaba cada vehículo, qué señalización existía, a qué velocidad se desplazaban y si alguno realizó una maniobra imprudente.

A veces pensamos que el vehículo más grande será siempre responsable. No es así. El coche debe extremar la precaución ante usuarios vulnerables, pero el conductor del patinete también está obligado a respetar las normas de circulación.

Qué hacer inmediatamente después del accidente

Los primeros minutos pueden ser decisivos para la seguridad de los implicados y para una futura reclamación. Nosotros recomendamos actuar con calma y seguir estos pasos:

  1. Protégete y evita nuevos riesgos. Sal de la zona de circulación siempre que puedas hacerlo sin empeorar tus lesiones.

  2. Llama al 112 si existen heridos. También conviene solicitar la intervención de la Policía Local, Guardia Civil o cuerpo competente cuando haya discrepancias sobre lo ocurrido, lesiones o daños relevantes.

  3. Identifica a todos los implicados. Anota nombres, teléfonos, matrículas, número identificativo del patinete y datos de las aseguradoras.

  4. Haz fotografías y vídeos. Fotografía la posición de los vehículos, los desperfectos, las señales, el pavimento, las marcas de frenado y cualquier otro elemento importante.

  5. Busca testigos. Su versión puede ser fundamental cuando cada implicado explica una historia distinta, algo bastante habitual, por cierto.

  6. Acude a un centro sanitario cuanto antes. Aunque al principio solo notes molestias leves, algunas lesiones se manifiestan varias horas después. Retrasar innecesariamente la asistencia médica puede dificultar que la aseguradora reconozca la relación entre el accidente y las lesiones.

  7. No aceptes acuerdos improvisados. Un pago rápido por el teléfono roto o por la reparación del patinete podría dejar fuera lesiones, secuelas y otros perjuicios que todavía no conoces.

El atestado policial, cuando existe, es una prueba especialmente útil. La normativa permite que los perjudicados soliciten gratuitamente una copia del atestado o informe equivalente a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad encargados de la vigilancia del tráfico.

Accidente entre un patinete y un coche

El accidente de patinete y coche puede producirse en cruces, rotondas, carriles bici, pasos regulados por semáforos o durante maniobras de giro y apertura de puertas.

Si el conductor del automóvil invade un carril reservado, no respeta una prioridad, abre la puerta sin comprobar que se aproxima un VMP o realiza una maniobra peligrosa, su aseguradora deberá responder de las lesiones y daños ocasionados.

El usuario del patinete podrá reclamar directamente contra la compañía del vehículo responsable. Esta reclamación puede comprender tanto los daños personales como los materiales.

Ahora bien, el resultado puede cambiar si el conductor del VMP circulaba por una zona prohibida, ignoró un semáforo, conducía de forma imprudente o realizó una maniobra inesperada. En ese caso puede apreciarse una culpa compartida, reduciéndose proporcionalmente la indemnización.

Por eso no debemos analizar estos accidentes con frases del tipo “el coche siempre paga” o “el patinete tuvo la culpa porque apareció de repente”. Hay que estudiar las pruebas concretas, una por una.

Atropello de un peatón por un patinete

Cuando se produce un atropello con patinete, el peatón puede reclamar al conductor responsable y a la compañía que cubra su responsabilidad civil.

El seguro obligatorio para vehículos personales ligeros tiene como finalidad cubrir los daños personales y materiales causados a terceros. La Ley 5/2025 establece para estos vehículos una cobertura mínima de 6.450.000 euros por siniestro para daños personales y de 1.300.000 euros para daños materiales.
El peatón podrá solicitar una indemnización por sus lesiones, días de recuperación, secuelas, gastos médicos, pérdida de ingresos y objetos dañados, siempre que pueda acreditarlos.

También puede existir responsabilidad compartida. Imaginemos que una persona cruza repentinamente la calzada fuera de una zona habilitada y el conductor del patinete circula, a su vez, a una velocidad inadecuada. En situaciones así habrá que valorar cuánto contribuyó cada conducta al resultado.

Caída por un bache o por el mal estado de la vía

No todos los accidentes tienen otro vehículo implicado. Un usuario puede caer por un socavón, una rejilla mal colocada, una baldosa levantada, gravilla, aceite, obras sin señalizar o una iluminación deficiente.

En estos casos puede plantearse una reclamación de responsabilidad patrimonial contra la Administración titular de la vía, normalmente el ayuntamiento, la comunidad autónoma o el Estado.

Para que prospere no basta con demostrar que te caíste. Será necesario acreditar:

  • La existencia del desperfecto.

  • Que el daño fue real y evaluable económicamente.

  • La relación directa entre el estado de la vía y la caída.

  • Que no tenías el deber jurídico de soportar ese perjuicio.

  • Que el accidente no se debió exclusivamente a tu conducción.

Aquí las fotografías tomadas inmediatamente después tienen muchísimo valor. También conviene localizar testigos, conservar el parte de asistencia sanitaria y comunicar el desperfecto a la Policía Local. Volver una semana más tarde para fotografiar el lugar puede servir, pero quizá el bache ya esté reparado y la prueba desaparezca, así de simple.

Seguro y registro del patinete eléctrico en 2026

La Ley 5/2025 creó el seguro obligatorio de responsabilidad civil para los vehículos personales ligeros que cumplan los requisitos legales de circulación. Posteriormente, el Real Decreto 52/2026 reguló su inscripción dentro del Registro Nacional de Vehículos.

El procedimiento general funciona de la siguiente manera:

  • El titular inscribe el VMP en la DGT.

  • La DGT expide un certificado digital de inscripción.

  • Se asigna al vehículo un número identificativo.

  • El propietario obtiene la etiqueta correspondiente.

  • Con el certificado puede contratar el seguro obligatorio.

La etiqueta tiene un formato identificativo similar a una pequeña matrícula y debe colocarse en el espacio habilitado del patinete o, en los modelos antiguos, en un lugar visible.

Cuando el usuario sea menor, la inscripción debe realizarla su tutor legal. Sí, sí, esto también afecta a los patinetes que utilizan los adolescentes para ir al instituto o desplazarse por el barrio.

Qué ocurre si el patinete no está registrado o asegurado

La falta de registro o de seguro no elimina el derecho de la víctima a reclamar al responsable, pero puede complicar bastante el procedimiento.

Si el conductor del patinete causó el accidente, responderá personalmente por los daños que no sean asumidos por una aseguradora. Eso significa que la reclamación podría dirigirse contra su patrimonio.

En determinados supuestos también puede intervenir el Consorcio de Compensación de Seguros. No obstante, para los vehículos personales ligeros su cobertura legal se centra, actualmente, en los daños personales que requieran atención sanitaria y en los derivados del fallecimiento. La cobertura de daños materiales o de accidentes causados por VMP utilizados sin cumplir los requisitos legales puede presentar limitaciones y debe estudiarse según las circunstancias del caso.

Además, cuando el Consorcio indemnice a la víctima podrá intentar recuperar posteriormente el dinero del responsable. En otras palabras: circular sin seguro no convierte el accidente en gratuito para quien lo provoca. Más bien al contrario.

Qué puede incluir la indemnización

Una reclamación no debe limitarse al coste de reparar el patinete. Dependiendo de las consecuencias del siniestro, pueden incluirse diferentes conceptos.

Lesiones temporales

Se indemniza el periodo transcurrido desde el accidente hasta la curación o estabilización de las lesiones.

La valoración dependerá de cómo afectaron las lesiones a tu vida diaria. No tiene el mismo impacto una molestia leve que te permite continuar con tus actividades que una fractura que exige hospitalización, intervención quirúrgica o impide trabajar durante varias semanas.

Secuelas físicas y psicológicas

Si después del tratamiento permanecen dolores, limitaciones de movilidad, cicatrices, pérdida de fuerza, vértigos o alteraciones psicológicas, estas consecuencias pueden valorarse como secuelas.

En accidentes graves también pueden reclamarse perjuicios por pérdida de calidad de vida, necesidad de ayuda de terceras personas, adaptación de vivienda o gastos sanitarios futuros.

Gastos médicos y de recuperación

Pueden reclamarse, cuando estén justificados y relacionados con el accidente:

  • Medicamentos.

  • Fisioterapia.

  • Prótesis y material ortopédico.

  • Desplazamientos para recibir tratamiento.

  • Pruebas diagnósticas.

  • Tratamientos psicológicos.

  • Asistencia hospitalaria o especializada.

Guarda todas las facturas. Una carpeta con tickets y justificantes parece una cuestión menor, pero puede suponer una diferencia importante en la cantidad final.

Pérdida de ingresos

Cuando las lesiones impiden trabajar o reducen los ingresos, puede reclamarse el correspondiente lucro cesante.

Esto afecta tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos, profesionales y personas dedicadas a las tareas del hogar. Para demostrarlo utilizaremos nóminas, declaraciones fiscales, facturas, certificados de empresa y cualquier documento que refleje la pérdida económica real.

Daños materiales

También se pueden reclamar la reparación o sustitución del patinete, el casco, la ropa, el teléfono móvil, las gafas y otros objetos dañados.

Conviene conservar los objetos, realizar fotografías y solicitar presupuestos antes de repararlos o desecharlos. Parece algo obvio, pero se tiran muchas pruebas importantes por las prisas.

Responsabilidad cuando conduce un menor

Los menores pueden ser responsables de un accidente y, además, el Código Civil establece que los padres responden por los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda. Los tutores también pueden responder por los perjuicios ocasionados por los menores sometidos a su autoridad que convivan con ellos.

En la práctica, cuando un menor provoca un atropello o una colisión, la reclamación puede dirigirse contra el seguro del VMP y, en su caso, contra sus padres o tutores.

También habrá que comprobar quién figura como propietario del patinete, quién contrató la póliza y si el vehículo estaba correctamente registrado. Estos datos son especialmente importantes cuando el VMP se comparte entre varios miembros de la familia.

Documentación necesaria para reclamar

Cuanta más información recopilemos, más sencillo será defender tu versión. Entre la documentación más relevante encontramos:

  • Atestado o informe policial.

  • Parte amistoso, si se cumplimentó.

  • Fotografías y vídeos.

  • Datos de conductores, propietarios y aseguradoras.

  • Certificado de inscripción del VMP.

  • Identificación de testigos.

  • Informes de urgencias y seguimiento médico.

  • Partes de baja y alta laboral.

  • Informes de rehabilitación.

  • Facturas y justificantes de gastos.

  • Nóminas, declaraciones fiscales o documentación sobre ingresos.

  • Presupuestos y facturas de reparación.

  • Comunicaciones enviadas a las aseguradoras.

No borres conversaciones, mensajes ni correos relacionados con el accidente. Una simple admisión de culpa enviada por WhatsApp puede acabar teniendo más importancia de la que parece.

Cómo se reclama a la aseguradora

La reclamación debe presentarse por escrito ante la compañía responsable, explicando las circunstancias del accidente, identificando a los implicados y aportando la documentación médica y las pruebas disponibles.

No es obligatorio conocer desde el principio la cantidad exacta que se reclama. La normativa permite presentar una reclamación extrajudicial sin cuantificarla, siempre que se facilite la información necesaria sobre el accidente y los daños.

Una vez recibida, la aseguradora dispone de tres meses para presentar una oferta motivada de indemnización o una respuesta explicando las razones por las que rechaza o todavía no puede cuantificar la reclamación.

No recomendamos aceptar una oferta sin comprobar previamente si incluye correctamente los días de curación, las secuelas, los gastos, la pérdida de ingresos y los daños materiales. Algunas propuestas parecen razonables a primera vista, pero dejan conceptos fuera.

Plazo para reclamar una indemnización

Como regla general, la acción directa contra la aseguradora prescribe al año. Cuando existen lesiones, el cómputo suele relacionarse con el momento en el que se produce la curación o puede determinarse el alcance definitivo de las secuelas.

La reclamación extrajudicial presentada ante la aseguradora interrumpe la prescripción. Cuando la compañía notifica de forma fehaciente su oferta o respuesta motivada comienza un nuevo plazo anual.

Si la caída se produjo por el estado de una vía pública, la reclamación de responsabilidad patrimonial también está sometida, con carácter general, a un plazo de un año. En daños físicos o psicológicos, el plazo comienza desde la curación o desde la determinación del alcance de las secuelas.

No conviene esperar hasta el último momento. Antes de reclamar hay que conseguir documentación, estudiar el atestado, identificar al responsable y valorar correctamente las lesiones. Todo eso lleva tiempo.

Te ayudamos a reclamar tras un accidente de patinete

Cada siniestro plantea cuestiones distintas. Puede intervenir el seguro de un coche, la compañía del VMP, el Consorcio de Compensación de Seguros, una Administración pública o los padres de un conductor menor de edad.

En Abogados Accidente Alicante estudiamos cómo ocurrió el accidente, reunimos las pruebas, valoramos los daños y reclamamos frente a quien deba responder.

Nuestra primera consulta es gratuita y sin compromiso. Cuanto antes revisemos la documentación, más posibilidades tendremos de conservar las pruebas y evitar que una oferta insuficiente cierre el asunto antes de tiempo.

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