Con resolución del 30 de marzo de 2020, se hacen públicas las cuantías correspondientes de las indemnizaciones del sistema para la tasación de daños y perjuicios causados a las personas afectadas en accidentes de circulación. A esta actualización le precede la Ley 35/2015 que reformó la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, la cual incorporó una novedad bastante notable, el nuevo sistema de valoración corporal en accidentes de tráfico. Dicha ley obliga al legislador a actualizar anualmente las partidas contenidas en el mismo.
Así lo refleja el artículo 49.1 del texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que dispone:
A partir del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, las cuantías y límites indemnizatorios fijados en ella y en sus tablas quedan automáticamente actualizadas con efecto a 1 de enero de cada año en el porcentaje del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.”
Según podemos extraer de este artículo. Hay que tener en cuenta la fecha en la que se produjo las lesiones sufridas en accidente de tráfico para un cálculo exacto de la indemnización.
Así queda reflejado en el Art. 38.1 ley 35/2015, que dispone:
“Artículo 38. Momento de la determinación de las circunstancias para la valoración del daño.
A los efectos de la aplicación de las disposiciones de esta Ley, y en defecto de regla específica que disponga otra cosa, el momento de determinación de la edad de la víctima y de los perjudicados, así como de sus circunstancias personales, familiares y laborales es el de la fecha del accidente”
De acuerdo lo anterior, las cuantías aplicables en concepto de lesiones temporales, en concreto perjuicio personal básico y perjuicio personal particular para el año 2020 se establecen de la siguiente manera:
Incremento del 0.9 % para las indemnizaciones en 2020
El incremento de la cuantía se puede aplicar en todas aquellas lesiones que sanen o se estabilice a partir del año 2020, independientemente de cuando ocurrió el accidente.
En definitiva, todo aquel que haya sido víctima de un accidente de tráfico, debe saber que las partidas de secuelas y lesiones temporales, serán incrementadas en un 0,9% con carácter general.
En el siguiente enlace puedes consultar las Tablas indemnizatorias del Baremo 2020.
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